lunes, 8 de noviembre de 2010

Atento viola la ley

Artículo 92bis: el contrato de trabajo por tiempo indeterminado (…) se entenderá celebrado a prueba durante los primeros TRES (3) meses de vigencia.

Burlando lo que marca la ley 20,744 de contrato de trabajo, Atento instituye un período de prueba de hecho de siete meses, para garantizarse una brutal rotación del personal y evitar la sindicalización de los trabajadores.

Enfrentemos este caso verdaderamente excepcional de flexibilización laboral. Efectivización de los agentes al cabo de tres meses de trabajo.


Publicado en La Voz de los Call Centers, número 5, noviembre 2010.

No hay comentarios: